viernes, 18 de agosto de 2023

Mis propuestas para la nueva asamblea. Parte 2: Reformas respecto a la administración de justicia.

 Este es mi segundo post (por ahora será el último) sobre propuestas que (pienso) deben ser tomadas en cuenta por la próxima Asamblea Nacional en Ecuador. Repito, no estoy participando, ni pienso hacerlo por ahora, para dicha dignidad.

Esta vez las reformas tienen que ver con el sistema judicial, no solo un dolor de cabeza para el ciudadano común cuando le toca enfrentarse (ya sea de acusado u ofendido) a una causa judicial, sino también uno de los factores que ha incidido en la escalada de violencia e inseguridad que vivimos actualmente. 

A diferencia de la publicación anterior, esta vez no menciono artículos específicos, puesto que son varias las leyes que rigen y se toman en cuenta en el tema judicial, desde leyes comunes, hasta la misma constitución, pasando por el COIP. Y ni soy abogado para conocer la mayoría de ellas (creo que ningún abogado las conoce todas, sino que se especializa en un área), ni tampoco he tenido tiempo para revisarlas. Así que me enfocaré en ciertos aspectos que me parece deben reformarse, y que de seguro implicarán cambios en varios cuerpos legales. Tampoco abarco todo lo que hay que reformar o mejorar, solo en unos cuantos puntos, que agilizarían un poco la justicia en el país.

https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/f/fc/Derecho_de_Ecuador_-_Jerarqu%C3%ADa_de_normas_jur%C3%ADdicas.svg/594px-Derecho_de_Ecuador_-_Jerarqu%C3%ADa_de_normas_jur%C3%ADdicas.svg.png 

Jerarquía de las normas legales en Ecuador. Fuente: Wikpedia. 

Sobre las sentencias en casos penales.

Uno de los principales temas de debate suele ser si un sentenciado merece salir con reducción de pena; o si es justo que, teniendo varias sentencias, haya un límite para su acumulación. En ese sentido propongo que se hagan siguientes reformas, en los cuerpos legales correspondientes:

  • Reformar el COIP, para que no haya límite de acumulación de penas.
  • Reformar el COIP (y/u otra ley que sea necesaria) para que la reducción de pena o prelibertad no aplique cuando el sentenciado tenga más de una sentencia, o cuando sea reincidente en la causa por la que se lo sentenció, o en caso de delitos no prescriptibles (por ejemplo de lesa humanidad).

Sobre el abuso de los abogados en las audiencias.

Quienes hayan estado en un proceso judicial lo saben: muchos abogados defensores (no todos, ni la mayoría) retrasan el tratamiento de las causas, faltando a las audiencias sin justificación (o justificando de una manera irrisoria), para dilatar el proceso, y que la parte demandante termine cansada y desista. 

Si bien se contempla que el juez pueda poner una sanción económica a estos abogados, en la práctica no hay el mecanismo para asegurar el cobro de dichas sanciones, y los abogados siguen muy campantes haciendo de las suyas. Por eso propongo:

  • Tipificar (si no lo está) como una infracción administrativa el no asistir a una audiencia sin justificación. 
  • Que estas sanciones apliquen también para la fiscalía (que también a veces se hacen los locos los fiscales, cuando no tienen argumentos para acusar a una persona inocente, o que fue acusada erróneamente, como en el caso de Ola Bini).
  • Para los abogados en libre ejercicio, se les de treinta (30) días para pagar las multas por estos motivos, caso contrario se les impida ejercer en cualquier causa, es decir que conste como una inhabilitación. Esto podría aparentemente suponer una dificultad para el cliente, porque tendría que buscar otro abogado; pero implica también que el abogado lo pensará bien antes de hacer esta "mañosería", porque se quedaría sin cliente y con una multa que pagar.

Sobre el abuso de las acciones de protección.

Las acciones de protección, incluidas en la Constitución, debían ser un instrumento para agilizar la justicia; pero se han vuelto un instrumento para dar sentencias rápidas viciadas de inconsistencias e ilegalidades.

Algunas sugerencias para mejorar esto:

  • Que las acciones solo puedan ser solicitadas en la jurisdicción local del domicilio de una de las partes. Esto ya consta en la ley (según tengo entendido), pero sería bueno que se ponga como causa para inadmitir la demanda el no cumplir este punto.
  • Que se especifiquen sanciones específicas, y fuertes, a los jueces que incumplan con el requisito de la jurisdicción donde se presenta la demanda. Así se lo pensarán dos veces antes de aceptar algo así.

Bonus: Para la protección de jueces y fiscales.

Aunque esto no es precisamente una reforma legal, si  puede ser de ayuda a quienes si quieren ejercer su trabajo como juez o fiscal de forma honesta. Se trata de que los jueces y fiscales puedan tener seguridad privada, contratada por la función judicial. Porque, como dice el abogado Felipe Rodriguez, no podemos tener jueces y fiscales suicidas.

¿Cómo financiar esto? No solo con un incremento del presupuesto entregado a la función, sino también con las multas que comentaba para los abogados que dilatan los procesos judiciales.

Si, son varias cosas por reformar, no solo lo que he comentado, pero pienso que ya es un inicio.



viernes, 28 de julio de 2023

Mis propuestas para la nueva asamblea. Parte 1: Reformas en la Asamblea

Antes que nada debo aclarar: no estoy participando de candidato a asambleísta (un conocido cercano se ofreció a hablar por mi con gente de un movimiento político a nivel nacional, pero le agradecí y le dije que no), ni pienso hacerlo. Al menos no mientras el sistema político no cambie. Pero si quisiera publicar lo que pienso puede hacerse para mejorar situaciones e instituciones del país. Porque no está bien solo quejarse, también debemos ser propositivos. 

Este es la primera de un grupo de 2 (quizás 3) grupo de propuestas de  reformas legales que buscan mejorar los problemas que tenemos. Ojalá llegue a los asambleístas que quedan electos, y los que están participando (si leen esto) siéntanse libres de tomar estas propuestas en su campaña (podrían ganarse mi voto 😉).

Esta primera parte está enfocada en Reformas en la Asamblea Nacional. El objetivo es poder tener mejores asambleístas (o al siquiera que sean menos malos que los que suelen quedar electos) y que hagan un poco mejor su trabajo.

File:SESIÓN NO. 771 DEL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL. ECUADOR, 05 DE ABRIL DEL 2022 (51983484092).jpg 

Sesión de la Asamblea Nacional. Fuente: Wikpedia.

El listado de reformas que propongo, y su argumentación o propuesta para implementación, es el siguiente:

Reformas a la constitución.

Esta es la parte más difícil, por los candados que tiene la Constitución para su reforma, pero pienso que puede hacerse vía referédum. Los objetivos de esta reforma son por una parte reducir el número de asambleístas, sin reducir significativamente la representatividad provincial; y por el otro, mejorar el algo la calidad de los asambleístas. Los artículos a cambiar y sus cambios serían:

  • Modificar el Art. 118, eliminando el primer literal, para que no hayan más asambleístas nacionales,ya que estos en su mayoría suelen ser de Quito o Guayaquil, y muchas veces ni se conoce quienes son, salvo los primeros en las listas; y cambiando el numeral segundo a "Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más por cada trescientos mil habitantes o
    fracción que supere los doscientos mil, de acuerdo al último censo nacional de la población"
    . Así disminuimos el número total de asambleístas.
  • Modificar el Art. 119, agregando como requisitos "tener un título de tercer nivel, aprobar el curso sobre procesos legislativos impartido por el órgano de la función electoral, ", para asegurar que los candidatos tengan algo de preparación y una idea de lo que van a hacer (y así no queden en vergüenza como lo demostró diario Expreso en más de una ocasión) porque, como dice el Abg. Felipe Rodríguez, en Ecuador "para ser asambleísta basta con haber nacido". Algunos dirán que esto restringe derechos, pero para ejercer un derecho siempre habrá requisitos. ¿Acaso alguien se dejaría operar por alguien que no se ha especializado en cirugía? Entonces ¿por qué dejar que personas no preparadas vayan a legislar? Si para ejercer un cargo de analista en una función pública se pide un título de tercer nivel, entonces quien quiera ser asambleísta , un cargo con mayor responsabilidad, debería estudiar primero.
¿Acaso alguien se dejaría operar por alguien que no se ha especializado en cirugía? Entonces ¿por qué dejar que personas no preparadas vayan a legislar?

Reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Aquí vamos a buscar que los asambleístas hagan mejor su trabajo (y en algunos casos que realmente trabajen), y además prevenir que se den los casos de piponazgo que muchas veces se denuncian. Las reformas propuestas son:

  • Modificar el Art. 4, para que esté en concordancia con los cambios en la Constitución.
  • Modificar el Art. 114, agregando al final "En caso de haber realizado labores fuera de la sede de la Asamblea, deberá justificar las mismas con un informe detallado de actividades, entregado de forma semanal". Si se aplica esto para cualquier funcionario público, igual para ellos que ganan más.
  • Modificar el Art. 159, agregar lo siguiente al final del primer párrafo "Los asesores deberán tener título de tercer nivel de grado, y cumplir con lo que indica la LOSEP.", y añadir otro párrafo que diga "En caso de un asesor deba movilizarse fuera del Distrito Metropolitano de Quito por su trabajo, deberá entregar un informe de sus actividades. En el despacho de cada asambleísta siempre deberá estar al menos uno de los asesores o su asistente.", Así se procura que estén trabajando, y que no se esté contratando a personas que no van a la asamblea dizque porque "hacen trabajo en territorio/provincia".
  • (actualización 16/ago/2023) Modificar el Art. 10, reemplazando los 2 primeros párrafos por "Designación de las autoridades.- La Asamblea Nacional se instalará en Quito, sin necesidad de convocatoria, el catorce de mayo del año de su elección, a las diez horas. En la sesión de instalación la Asamblea Nacional designará a sus autoridades. Dicha sesión estará dirigida por los asambleístas que obtuvieron la mayor votación de entre las tres listas con mayor votación a nivel nacional que se encuentren presentes en la reunión, quienes, respectivamente y, en atención al número de votos obtenidos por la lista, ejercerán en su orden, la dirección, la subdirección y la secretaría de la sesión. Sus funciones culminarán con la posesión de las autoridades.
    En caso de inasistencia a la sesión de instalación, de las y los asambleístas con mayor votación, asumirá en su lugar, la o el asambleísta siguiente de la respectiva lista."

Reformas al Código de la Democracia.

Las reformas aquí están enfocadas a aplicar el requisito de preparación en procesos legislativos de los futuros candidatos. Las propuestas son:

  • Modificar el Art. 25, añadiendo un literal a las funciones del Consejo Nacional electoral que diga "Definir los contenidos y planificación del Curso de Procesos Legislativos, que deberán aprobar los candidatos a asambleístas, y coordinar su realización a través del Instituto de Investigación, Capacitación y Promoción Político Electoral".
  • Modificar el Art. 95, añadiendo lo siguiente al final del numeral 2 "Los candidatos a asambleístas deberán haber aprobado el curso de Procesos Legislativos antes de su inscripción".
  • Modificar los artículos necesarios, donde se mencione a los Asambleístas nacionales, eliminando esta mención. 

Bonus: Aunque no es referente a los asambleístas, pienso que la siguiente reforma al Código de la Democracia haría que muchos chimbadores y oportunistas, que solo van por el dinero que se da para publicidad de campaña, lo piensen dos veces antes de lanzarse:

  •  Modificar el Art. 223.1, cambiando el primer párrafo por este: "Las organizaciones políticas o candidato que haya recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral, en caso de que una candidatura obtenga menos del 1% de los votos válidos, se deberán reintegrar el 90% del dinero recibido por parte del estado para la campaña; y de obtener un porcentaje menor al 4% y mayor o igual al 1%, se deberá devolver el 50% del dinero recibido. Para asegurar eso, el representante o procurador común, el responsable del manejo económico de campaña y el o los candidatos firmarán un pagaré a nombre del Consejo Nacional Electora. El Consejo Nacional Electoral definirá los mecanismos y plazos para hacer efectivo este cobro." (actualización 23/ago/2023)

Estas propuestas pueden mejorarse (no son perfectas), y además podrían ser necesarias otras más. Pero pienso que ya es un inicio.

viernes, 27 de enero de 2023

Mi reflexión (y decisión de voto) para el referéndum y consulta de este 2023: Ni todo SI, ni todo NO.

A menos de un mes para la realización de las elecciones seccionales y del referéndum y consulta convocados por el gobierno, quiero dar mi análisis y opinión. Primero que nada, la consulta es perfectamente legal, oponerse a que se haga la misma (siempre que se siga el proceso establecido en las leyes) es oponerse a la democracia. Otra cosa es que nos parezca que haya preguntas engañosas o innecesarias, eso ya es otro cantar.

Pero bueno, vamos al asunto.

Pregunta 1: Extradición por narcotráfico.

Una de las preguntas que más ha dado de que hablar, pero no la más importante. Ya el jurista Felipe Rodríguez hizo un análisis (que puede leerse aquí) sobre las implicaciones de esta pregunta. Si bien la aprobación de la misma puede ser muy positiva para el país, hay que aclarar 2 cosas:

  1. No es que se va a "expulsar" del país a los narcotraficantes, como dicen quienes apoyan la consulta, la extradición no funciona así. Primero tiene que otro país solicitar al acusado para poderlo extraditar.
  2. Solo con esto no se soluciona el problema de la inseguridad. Aún falta mucho en el tema social y económico para eso. Si usted realmente cree que con esto se reducirán los crímenes y delitos, déjeme decirle que es tan ingenuo como quien cree realmente que en el gobierno de Correa no hubo casos de corrupción, o que en el actual no los hay, o que Abdalá Bucarám es una pobre y honesta persona, o de seguro que también cree en Papá Noel.

En cualquier caso, pienso que esto será positivo para el país, así que mi voto aquí es SI.

"Si usted realmente cree que con esto se reducirán los crímenes y delitos, déjeme decirle que es tan ingenuo como quien cree realmente que en el gobierno de Correa no hubo casos de corrupción, o que en el actual no los hay, o que Abdalá Bucarám es una pobre y honesta persona, o de seguro que también cree en Papá Noel."

Pregunta 2: Independencia de la Fiscalía.

La propuesta se oye interesante: una fiscalía independiente, en la cuál no influyan los poderes de turno para que actúe de tal o cual manera.  Se propone un nuevo órgano, denominado Consejo Fiscal, que asumiría las funciones de regulación y control sobre la fiscalía que ahora tiene el Consejo de la Judicatura.

Sin embargo, que los miembros del Consejo Fiscal sean designados todos por el o la Fiscal General, me parece que le da mucho poder. a quien ejerce esta función. Y para muestra la Transitoria segunda, que dice que el Fiscal General asumiría estas funciones, hasta que la Asamblea realice las reformas pertinentes, para lo que tiene un año de plazo. 

Si bien la idea de la conformación de este Consejo Fiscal me parece interesante, la forma en la que se conformaría, y las implicaciones de la transición hasta su instalación, me parecen inadecuadas. ¿Quizás no hubiera sido mejor un consejo integrado por miembros designados por varias instancias, pero con los mismos requisitos indicados en la propuesta? Además, que se suspendan los procesos de selección de fiscales, con la falta que hacen estos en el país, no me parece correcto.

Si usted piensa que está correcta la propuesta y quiere votar si, está bien. Pero por mi parte, por estos antecedentes, al menos mi voto aquí es NO.

Pregunta 3: Reducción del número de asambleístas.

Esta es otra pregunta que se aprovecha del descontento (bastante fundamentado) de las personas ante la Asamblea Nacional. Si, a todos nos gustaría que se vayan todos (o al menos la mayoría) a su casa, aunque lamentablemente es una institución necesaria en democracia.

La propuesta que hace la pregunta 3 no solo que no ataca el principal problema de la Asamblea, que es la falta de preparación y probidad de muchos de sus miembros, sino que lo empeora, porque propone aumentar el número de asambleístas nacionales. Si, de esos que uno vota en plancha (lo que me parece inconstitucional, aunque no soy experto), y que apenas si se sabe quienes son los 2 o 3 primeros, pero no el resto. Pero, además, se disminuye la representación de las provincias pequeñas, porque recordemos que los candidatos para asambleístas nacionales salen principalmente de las 4 provincias más grandes: Guayas, Pichincha, Manabí y Azuay. 

¿Qué hay un ahorro? Más se ahorraría el país si se redujeran en un tercio los viajes presidenciales al exterior. Mejor hubieran aprovechado y puesto más requisitos para la asamblea. Y si querían reducir el número (que me no me parece mal) lo hubieran hecho con los nacionales nada más.

En esta pregunta mi voto es un rotundo NO.

Pregunta 4: Regulación de partidos y movimientos políticos.

Aunque en esta pregunta hay cosas que se pueden (y deberían) mejorar, en general la propuesta no es mala. En el país hay movimientos que se han creado solo para facilitar la participación de algún personaje como candidato a alguna dignidad. Para ejemplo el caso del mismo CREO, que Guillermo Lasso organizó para poder participar como candidato hace ya algunos años. Esto causa que no haya una estructura adecuada con bases en los mismos.

Repito, la propuesta tiene cosas que pueden mejorarse, como el hecho de que no se requiere estar afiliado para participar por un partido o movimiento. Debería restringirse esto a las alianzas, en donde un candidato debería pertenecer a alguna de las organizaciones políticas de la misma.

Aquí si, mi voto es SI.

Pregunta 5: Quitar la potestad designadora al CPCCS.

El CPCCS parecería ser, para los que realmente han analizado las preguntas, uno de los verdaderos objetivos del gobierno con la consulta (como dice la expresión popular "el resto es paja"). 

Uno de los grandes problemas del CPCCS se ha dado justo al momento de designar autoridades, y se quiere quitar esta potestad. Pero tal como está la propuesta en los anexos presenta un par de inconvenientes. El primero es que se cortan los procesos para designar autoridades, algo que en algunos casos (como el del contralor) es urgente realizar, más allá de que el actual Consejo se haya mostrado deficiente en su trabajo, hasta el punto de haber sido destituidos por la Corte Constitucional.

"El CPCCS parecería ser, para los que realmente han analizado las preguntas, uno de los verdaderos objetivos del gobierno con la consulta (como dice la expresión popular "el resto es paja")."

Otro inconveniente que veo es respecto a la conformación de las comisiones. Aunque en el papel suene bonito e ideal, en la práctica seguro habrán problemas con los delegados (impugnaciones, denuncias sobre intereses, y otros), en especial los que se designen desde el ejecutivo y legislativo. Lo que si estoy de acuerdo es en que la asamblea designe a las autoridades, en especial a las que tienen funciones más delicadas. Otro pero que le veo es que la comisión dictará las pautas, de nuevo lo ideal es que estas ya estén (si no todas en su mayoría) indicadas en la ley respectiva de acuerdo a la autoridad a escoger. Y en cuanto a las autoridades de ternas enviadas por el ejecutivo, sería un poco como regresar a como se hacían antes estas designaciones.

Hace poco publiqué en otro post mi propuesta para la reforma el CPCCS, que incluye precisamente cambios en el proceso de designación. La pueden ver en en https://laopiniondemarlon.blogspot.com/2023/01/los-cambios-para-el-consejo-de.html.

Con estos antecedentes, y aunque respeto el criterio de quien piense lo contrario (es una propuesta válida desde cierto punto de vista), mi voto en esta pregunta es NO.

Pregunta 6: Reforma a la conformación del CPCCS.

Como dije previamente, pareciera que el CPCCS es en realidad el meollo de las preguntas. Creo que la mayoría estamos de acuerdo en que se deben hacer cambios a esta entidad, lo que diferimos es en que cambios deben hacerse. 

En esta pregunta tengo pensamientos encontrados: Por una parte me parece adecuado el cambio de procedimiento para designar a los consejeros (después de la payasada de la consulta anterior a poner que se elijan por votación popular); pero por otra el anexo no deja claro si este mecanismo se aplica a partir de ahora (con lo que los consejeros elegidos el 5 de febrero apenas si podrían ejercer) o a partir del siguiente periodo del CPCCS. Tampoco indica el número de consejeros a elegir, aunque entenderíamos que son 7 principales y 7 suplentes, tal como es ahora; pero ¿y si varios son destituidos como ha pasado recientemente? No recuerdo si a nivel de leyes se indica que hacer en este caso.

De todas formas, para que se siga con el procedimiento actual, prefiero en esta pregunta votar SI.

Pregunta 7: Subsistemas de protección hídrica; y pregunta 8: Compensación por servicios ambientales.

Estas preguntas son las denominadas "pregunta relleno": cosas que es obvio votar SI, pero que para que se hagan efectiva bastaba con formular una o reformar alguna ley. En otras palabras, es gastar recursos preguntando lo que obviamente se debería hacer.

Como es necesario proteger la naturaleza, mi primer pensamiento es votar SI. 

Pero, por otra parte, mi parte analítica me dice que votar NO le daría una lección a los políticos para que no pregunten cosas que pueden aplicarse mediante leyes o decretos. Los procedimientos tradicionales de legislación son menos costosos y (se supone que en la mayoría de los casos) tienen a tener mejores resultados en la estructura de las leyes. Hasta el momento, aunque puedo cambiar de opinión estos días, y como ejercicio de democracia, será que NO.

En resumen:

Solo para resumir, en la siguiente tabla condenso mi decisión:


Pregunta Mi voto Razonamiento
1 SI No resuelve pero aporta al problema de la delincuencia
2 NO Se aplaza selección de nuevos fiscales.
Conformación de Consejo Fiscal dependiente de Fiscal General
3 NO No resuelve problema de Asamblea,
podría empeorar
4 SI Necesidad de regular conformación de
partidos y movimientos políticos
5 NO Es necesario un cambio para designar
autoridades de control, pero no así
6 SI Aunque no es el mejor, es necesario cambiar
la forma de selección del CPCCS
7 NO? No era necesaria consulta, hay otros medios
8 NO? No era necesaria consulta, hay otros medios

domingo, 15 de enero de 2023

Los cambios para el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social CPCCS

Se nos viene otra consulta (la segunda en 5 años) para modificar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social CPCCS. ¿Por qué? Porque al tener la potestad de elegir y designar a las autoridades de control se ha convertido en una instancia deseada por grupos de poder, o por quienes tienen interés de poner (o sacar) a ciertas autoridades de acuerdo a su conveniencia.

Pero ¿es conveniente cambiar (de nuevo) el funcionamiento y potestades del CPCCS? ¿Conviene mejor eliminarlo y volver a como era antes? ¿Lo dejamos como está? Vamos primero porque surge este Consejo, y luego mi opinión al respecto de su modificación.

Como surge.

Para poner en contexto porque se ideó este consejo, es necesario recordar como se elegían o designaban antes las autoridades de control. Cuando existía el Congreso Nacional (ese de los ceniceros voladores y los machos con pistola), era el legislativo quien escogía a las autoridades de control (Fiscal General, Superintendentes, Contralor General, entre otros) de ternas enviadas por el ejecutivo. ¿Y qué pasaba? Pues que obviamente el ejecutivo no iba a enviar en su terna a alguien que fuera a hacer muy estricto por ejemplo al hacer una auditoría a su gestión (en el caso del Contralor) o en investigaciones durante su gobierno (en el caso de Fiscal).

En la Constitución de Montecristi se le da forma este Consejo (el CPCCS) para que realice concursos y designe a las autoridades de control del Estado, e indica que los miembros del consejo deben ser elegidos mediante concurso también.

El problema: Por un lado, los lineamientos para escoger las autoridades por lo general eran definidas por el CPCCS (no establecidas en alguna ley) lo que daba cierta discrecionalidad a los concursos. Y por otro, el perfil de sus miembros (que en realidad no era malo, al contrario se requería cierta preparación o experiencia) coincidía con el de muchos seguidores del correísmo, lo que provocó que este tuviera mayoría en el consejo.

La consulta y referéndum de Lenín Moreno en el 2018 proponía la evaluación de las autoridades designadas por el CPCCS de ese entonces, aunque en la práctica se notó una intención de cesar todo lo relacionado con el correísmo, ya que solo un par se mantuvieron, más porque supuestamente se iban a modificar leyes o no se alcanzó a evaluar todo, que por haber tenido una evaluación positiva. Sin embargo, este referéndum dejó un saldo muy negativo, por el cual me opuse a la pregunta correspondiente en su momento: los miembros del CPCCS ya no serían elegidos por concurso, sino mediante elección popular. Esto ha dado que personas no capacitadas, o con intereses particulares, se lancen de candidatos, y hasta lleguen al consejo. Ahora mismo tenemos 45 candidatos (muchos desconocidos) y la mayoría no sabemos por quien mismo votar.

Y todo esto sin contar el show en que se ha convertido este consejo, en el que ya prácticamente no quedan consejeros, ya que muchos han sido destituidos, o incluso han renunciado, dejando ver a esta función muy mal. Hecho que ha servido para que grupos pidan su desaparición, y que el gobierno haya propuesto su modificación.

El cambio que propongo:

Estoy de acuerdo, hay que realizar modificaciones a las funciones del CPCCS. Pero lo que no estoy de acuerdo es en volver a algo parecido al pasado, donde era el ejecutivo quien enviaba las ternas para las autoridades de control.

Mi propuesta (en resumidas líneas es la siguiente:

  • Que el CPCCS siga haciendo los concursos para las autoridades de control, pero no de acuerdo a procedimientos determinados por este consejo, sino en procedimientos determinados en las leyes.
  • Que en la ley correspondiente de cada instancia de control se determine el procedimiento y requisitos para elegir a sus máximas autoridades, para que el CPCCS no pueda poner requisitos extras o discrecionales.
  • Que el CPCCS no escoja a las autoridades, sino que de cada concurso se envíe la terna de los mejores puntuados a la Asamblea, para que sea esta quien designe a las autoridades de control, de entre los mejores puntuados en el concurso.
  • Que los miembros del CPCCS se elijan por concurso de méritos (un poco como se hacía antes), así mismo con lineamientos y requisitos establecidos por ley; pero que no sea el mismo consejo quien dirija esos concursos, sino el CNE.

Esto permitiría quitar el poder de designación del consejo, y lo dejaría solo como entidad de nominación, con base en concursos ya establecidos en la ley. Además, en caso de haber alguna inconsistencia, sería la Asamblea quien finalmente designe a las autoridades de control. Así también se previene que sea el ejecutivo envíe ternas que vayan a tener rechazo en el legislativo (basta recordar nomás lo que pasó en la designación del último vicepresidente de Moreno).

No digo que sea la solución perfecta al problema de la idoneidad de las autoridades de control, o a los miramientos en su designación, pero me parece de las mejores soluciones, que previene un poco la discrecionalidad en la designación, y las posibles irregularidades.


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